Aprocta reitera su rechazo a la imposición del inglés como idioma único en las comunicaciones aeronáuticas

Desde la Asociación Profesional de Controladores de Tránsito Aéreo (APROCTA) rechazamos  la prohibición del español en la frecuencia aeronáutica en los aeropuertos con más de 50.000 operaciones IFR internacionales y defendemos que se mantenga la convivencia de ambos idiomas, ingles y español, tal y como se viene haciendo hasta ahora. 

Argumentos mantenidos en defensa del español en las comunicaciones aeronáuticas:

  • La convivencia de ambos idiomas es esencial para mantener la seguridad operacional.
    • Actualmente, en el espacio aéreo español conviven comunicaciones en español y comunicaciones en inglés, idioma que se usa cuando hay un avión con tripulación que no comprenda el idioma español, tal y como recomienda la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
    • Resulta de relevancia reseñar que tanto controladores aéreos como pilotos mantienen una alta competencia de inglés, acreditada en su licencia, y revisada de forma periódica por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea. Sin embargo, las comunicaciones aeronáuticas en el entorno aeroportuario involucran a otros profesionales, como, por ejemplo, técnicos de operaciones en el área de movimiento (TOAM), servicios de salvamento y extinción de incendios, técnicos de mantenimiento, personal de obras y servicio de control de fauna. Estos profesionales mantienen una escucha y uso activos de la frecuencia por lo que su no comprensión de las comunicaciones puede producir situaciones de pérdida de conciencia situacional implicando la seguridad.
    • Como miembros del pleno de la Comisión de Estudio y Análisis de Notificaciones de Incidentes de Tránsito Aéreo (CEANITA), órgano interministerial de carácter colegiado encargado de recibir, tramitar y realizar estudios de las notificaciones de Incidentes de Tránsito Aéreo que recibe, consideramos que la implantación del inglés de manera general en todas las situaciones generaría problemas de seguridad hasta ahora inexistentes. El uso del inglés es adecuado y recomendable siempre y cuando haya un tráfico no español en la frecuencia, y más aún cuando se deben proporcionar instrucciones de separación o resolución de conflictos. No obstante, somos contrarios a la prohibición del uso del español dado que, de acuerdo a nuestros estudios de incidentes y los realizados por otras organizaciones del sector, el empleo de fraseología en español se ha mostrado recomendable desde el punto de vista de la seguridad.
  • En caso de introducción de una ley imponiendo el inglés como idioma único se estaría ante un hecho sin precedentes en la aviación civil internacional, ya que el español es un idioma oficial reconocido por Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). De hecho, se daría la paradoja de que una aeronave recibiría un servicio de control en español en otros países de habla hispana, mientras que la misma aeronave, en espacio aéreo español, no podría recibir el servicio de control en español.
  • Modificar el uso del inglés en las comunicaciones en frecuencia a través de una ley es excesivo e innecesario.
    •  La norma comunitaria contempla el caso específico de Estados miembro como España y Francia, entre otros, ofreciendo la posibilidad de que, previa notificación a la Comisión, no se aplique el requisito de utilizar.
    • El reglamento comunitario es de directa aplicación en los Estados miembro y en consecuencia, no necesita de ninguna norma de transposición, salvo para regular ciertas excepciones que expresamente el legislador europeo deje a criterio de la autoridad nacional.
    • Incorrecta traslación de la normativa europea a la legislación española.

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