Esta semana se ha conocido que la Audiencia de Barcelona ha dictado una sentencia novedosa en la que da parcialmente la razón a los padres y a la hermana de una de las víctimas y eleva su indemnización de los 148.990 euros establecidos por un juzgado mercantil hasta los 235.632. El tribunal comparte con la aseguradora Mapfre, que se opuso a la demanda de la familia, su «preocupación por la inseguridad jurídica» que genera la ausencia de un criterio al que acudir al fijar este tipo de indemnizaciones, pero rechaza su pretensión de que se use el baremo del automóvil, como se hace habitualmente, y se decanta por el reglamento europeo.
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